Cristóbal Gázquez
Portavoz de BGD Abogados

No es habitual que los grandes despachos de abogados, firmas o consultorías, se impliquen en la resolución de un caso de forma gratuita donde todo el mundo manifiesta su complejidad, dificultad y sobre todo el hecho de tener a gran parte del sistema judicial en contra. Ante este escenario, la Firma de la que estoy orgulloso de ser el metatrón – vid. Kevin Smith, 1999, Dogma-, decide aceptar el caso de una chica sin recursos, y sin más luz que la de creer en la buena aplicación del Derecho.

Esta historia daría comienzo un trece de Enero de 2017. El departamento de comunicación de BGD Abogados se puso en contacto con Cassandra interesados por la curiosidad jurídica que suponía la aberrante acusación perpetrada por una de las secciones más conservadoras – por ser políticamente correcto- de nuestra Fiscalía General. El caso es que dichas comunicaciones acabarían en una primera reunión en uno de nuestros despachos, en concreto en nuestra sede en Murcia.

En esta primera reunión, Cassandra se presentó como lo que es, una estudiante de historia de 21 años, acusada por Fiscalía de un delito de humillación a las víctimas del terrorismo, sin medios, ni más recursos que una beca que le permitía seguir con sus estudios. Caso aparte manifestaría dos aspectos: le había sido imposible contactar con su letrado de oficio desde la toma de declaración, y otro, que este señor tras la misma le había manifestado su admiración por el almirante. Lejos de ser delito la admiración, y mucho menos su manifestación -crítica que sería hipócrita por esta parte-, le comunicamos a Cassandra que le sería mucho más sencillo al despacho comunicar con el letrado, dadas las vías internas de contacto de las que disponen los Colegios de Abogados.

Así se hizo, y nos encontramos con un letrado de criticable ética profesional, no por la admiración mencionada, sino porque sencillamente alegó enajenación mental para defender a una joven estudiante de haber realizado una serie de tuits donde la comparativa o el chiste lejos de ser original, respondía a expresiones más gastadas que los criterios de cierta sección de nuestra audiencia más nacional. Aparte, pretendía escudar su alegación en la condición transgénero de Cassandra, por si la situación no resultaba lo suficientemente rancia.

Convocamos otra reunión, comunicamos esto a Cassandra, y renunció a este letrado; en consecuencia decidimos llevar el caso pro bono – de forma totalmente gratuita, sí, somos un despacho de abogados- y sustituir al letrado. Esta pequeña parte de la historia no acabaría aquí. Este señor reclamaría los honorarios de su denigrante actuación como abogado de oficio, cosa que se combatió y que se impidió una vez más por esta Firma.

BGD Abogados se había unido a la guerra por la libertad de expresión. Ante nosotros se plantaba la sección cuarta de la Audiencia Nacional, una Fiscalía que estaba en racha acusando y apoyando la aplicación de condenas contra el humor, el sarcasmo y la mala ostia en general que define a la sociedad española, sin olvidar la dañina y reciente Doctrina Strawberry. Como es habitual, nos lanzamos a investigar el estado real de la situación más allá de sentencias o titulares.

Para ello decidimos dirigirlo todo desde nuestra sede en Madrid. Concertamos reuniones tanto con los abogados de la causa Strawberry como de aquellos casos más mediáticos como el de Zapata, o el de nuestro amigo Arkaitz. También recibimos el apoyo y el debate crítico de nuestro amigo catedrático y doctor D. Jacobo Dopico, y de cómo no, nuestro estimado doctor y merecido futuro catedrático – si así lo desea algún día- D. José Muñoz Clares. Por si el escenario no podía ser más desolador, más de uno de los letrados de las causas se encontraban desalentados -los ojos de más de uno se tornaban a las mil millas cuando nombrábamos la Audiencia Nacional-.

Si bien todos coincidían en una cosa, nos daban su más sincero pésame, no había más solución que arrodillarse frente a la conformidad. Ante ello, nuestra misión era realizar una muesca en el sistema de censura que se está aplicando tanto de manera nacional como internacional.

Entre todo ya se analizaba de forma interna toda la jurisprudencia referente a la libertad de expresión, su contradicción con el honor, el humor en términos generales -y el negro en particular-, así como la forma y el tratamiento que realizaban los tribunales. Todo ello coordinado a la vez con la redacción de notas de prensa, entrevistas y gestión de medios.

En efecto, nuestro departamento de producción en BGD nos confirmaba que dentro de España, bajo el apacible y buen estado del bienestar, estábamos jodidos- confirmando el criterio general- a no ser que nos inventásemos algo para demostrar que el 578 no se había aplicado de forma correcta, olvidándonos por supuesto de la intencionalidad gracias a la ya mencionada doctrina. Empezamos con la rutina habitual, construyendo desde la base un escrito de calificación que desgranaba el tipo, que impedía cualquier intención de condena por parte de Fiscalía y que no dejaba como enajenada a Cassandra. Creando para ello una nueva alegación resultante de la verdadera interpretación que se le debe otorgar a dicho precepto penal -dicho constructo se configuró tomando como base los criterios del Constitucional, del TEDH, y del Tribunal Supremo sumados a la interpretación realizada por esta Firma.

Y llegaría el día del juicio, donde el resumen sería fácil. Conseguimos que admitiesen nuestro escrito de calificación de defensa, si bien no lo quisieron así con un vídeo que compilaba las últimas manifestaciones en televisión, internet y radio sobre Carrero Blanco. Aportándose como prueba del esperpento, el que todo Twitter se había lanzado a la protesta utilizando otras tantas expresiones relacionadas con la altura de la broma que se venía practicando desde hace cuarenta años.

Por parte del tribunal, siempre destacaré que ante la pregunta que realizamos a Cassandra: ¿podría explicar a esta sala quién es Spiderman?, procedería a interrumpir su señoría invocando el conocimiento general, rematándolo con que ella era más fan de Batman – si bien, no había escuchando broma o chiste fácil en momento alguno que versara sobre “el hecho de que el vehículo surcara el espacio”; ruego calma, son palabras del Tribunal Supremo-.

Aquel juicio supuso una pequeña victoria, ya que conseguimos que se evitara la entrada en prisión de Cassandra. Por si no se recuerda, se enfrentaba a dos años y seis meses de prisión, más ocho años y seis meses de inhabilitación absoluta . Una condena dinamitaba su presente y otra su futuro profesional. Conseguimos la reducción de condena al mínimo aplicable donde sólo se le pedía un año de prisión más el consecuente mínimo de inhabilitación. Lejos de aceptar esta sentencia, por no ser de Derecho, decidimos recurrir al Tribunal Supremo.

La redacción del recurso supuso de nuevo un estudio preciso, consiguiéndose por parte de este Despacho la admisión de todos los motivos en sede de casación. Claro, Fiscalía no se iba a quedar quieta, y por educación diremos, que la parte conservadora persiguió sus principios de forma fehaciente y fiel, si bien de forma contraria a Derecho y con el habitual toque nostálgico de que cualquier tiempo pasado fue mejor.

En cuanto a los políticos, pocos se acercaron, y los que se acercaron hicieron lo que a su buen entender podían ofrecer. Cómo último detalle, y como todo español en tiempo de crisis interrupta nos fuimos a Europa a pedir ayuda, pero descubrimos que esta cuestión lejos de los muros del TEDH poco o nada importa a la mayoría del Parlamento Europeo, con el detalle de que el invento de censura nacional se ha exportado a toda la Unión -marca España-.

Y hasta hoy, uno de marzo de 2018. El Tribunal Supremo nos da la razón reconociendo el error en la aplicación del 578, absolviendo a Cassandra y haciendo suya la línea doctrinal que defendió y creó este Despacho.

Tras esta historia, el resultado o moraleja final es que si bien estamos ante una victoria, no supone más que una batalla ganada en la guerra por la libertad de expresión. Quedando aún pendiente recuperar el libre discurso que nos ha sido arrebatado, sin miedo a que una Fiscalía o un Tribunal, nos someta a la pena de prisión o banquillo por hacer uso del humor; que no es más que la expresión más pura de libertad.

Fuente: Diario Público