Justicia gratuita

En atención a aquellos casos en los cuales el cliente, no entra dentro de la protección de la justicia gratuita, pero tampoco tiene medios para defenderse o entablar una acción judicial, nuestra firma cuenta con un comité permanente para el estudio de la viabilidad de dichas acciones y proponer su defensa o ejercicio a la junta.

De otro entendemos que pese a que el turno de oficio es fundamental para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva que defiende nuestra Constitución, es una obligación de las firmas consolidadas el apoyar y complementar dicho servicio.

De otro, aun siendo conocedores de la innegable labor social del turno de oficio, entendemos que en múltiples ocasiones es insuficiente, para determinadas circunstancias que requieren de una firma completa más que de un letrado individual para que realmente existan las posibilidades de derecho a la justicia.

Así, nuestra firma realiza una labor social de forma coherente con su compromiso de responsabilidad social corporativa.